martes, 15 de julio de 2014

el tribunal constitucional avala el despido sin causa y sin indemnizacion






El Tribunal, cuyo presidente es ideólogo de varias de las medidas, da luz verde con nueve votos a tres al contrato de apoyo a emprendedores con periodo de prueba de un año y permite la inaplicación de convenios colectivos. Ha habido 9 votos en contra del recurso y tres a favor.
Esto ha publicado la prensa apenas se ha conocido la noticia:
El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ha rechazado con nueve votos en contra y tres a favor el recurso presentado por el Parlamento de Navarra contra tres puntos de la reforma laboral, entre ellos el contrato de apoyo a emprendedores, que cuenta con un periodo de prueba de un año que, en el caso de no ser superado, no contempla indemnización alguna para el trabajador. Fuentes jurídicas han informado de la decisión del Constitucional, y han concretado que los tres magistrados que se posicionaron a favor de seguir adelante con el recurso fueron la vicepresidenta del Tribunal, Adela Asúa, Fernando Valdés y Luis Ignacio Ortega, todos ellos de corte progresista. Para esta votación el Pleno del Constituticional contaba ya con 12 magistrados, tras la incorporación de Antonio Narváez en sustitución de Enrique López, reforzando así el sector conservador del tribunal. Otro de los preceptos en el que el Parlamento de Navarra observaba visos de inconstitucionalidad es la actuación de la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos en los casos en los que trabajadores y empresa no se pusieran de acuerdo en la aplicación de descuelgues del convenio. Finalmente, el recurso se refería a la posibilidad de que algunos elementos de un convenio de empresa pudieran tener prevalencia sobre el convenio sectorial.
Otros recursos
El Tribunal Constitucional incluyó en el orden del día del pasado martes 27 de mayo el examen de la ponencia redactada por el magistrado Andrés Ollero sobre el recurso de inconstitucionalidad presentado en septiembre de 2012 por el Parlamento de Navarra contra la reforma laboral. El TC empezó a estudiar los recursos del Parlamento de Navarra el pasado 27 de mayo Se trata de la primera vez que el Constitucional abordaba el debate de la reforma laboral, ya que hasta ahora también había admitido a trámite la cuestión presentada por el PSOE y la Izquierda Plural por una supuesta vulneración de hasta 10 preceptos constitucionales en la reforma laboral, pero sin entrar a debatirla. PSOE y la Izquierda Plural alegaban, entre otras cuestiones, que la reforma laboral "altera sustancialmente el modelo democrático de las relaciones laborales". No obstante, el Pleno del Tribunal Constitucional (TC) ya avaló en el mes de febrero la regulación de las indemnizaciones por despido improcedente y la limitación en el cobro de salarios de tramitación en casos de readmisión que introdujo el decreto de la reforma laboral, y justificó además este procedimiento de urgencia. Así lo hizo al rechazar una cuestión de inconstitucionalidad presentada por el Juzgado de lo Social 34 de Madrid contra dicho decreto de reforma laboral, aprobado en febrero de 2012. Además, en dicha ocasión el TC apreció concurrencia de circunstancias de extraordinaria y urgente necesidad para legislar por decreto, y consideró que la decisión del Gobierno no fue "ni abusiva ni arbitraria".

Y esta es la noticia publicada por Jairo Vargas en el diario Público:
El Tribunal Constitucional (TC) avala el grueso de la reforma laboral aprobada por el Gobierno en 2012 al rechazar el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Parlamento de Navarra. En concreto, nueve magistrados del Consejo han votado a favor de que el contrato de apoyo a emprendedores, que permite la contratación con un año de pruebas sin indemnización por despido para empresas de menos de 50 trabajadores, frente a tres integrantes del alto tribunal que la han rechazado, concretamente la vicepresidenta del Tribunal, Adela Asúa; Fernando Valdés y Luis Ignacio Ortega, todos ellos de corte progresista.
Además, el Constitucional avala el descuelgue de convenios, es decir, la inaplicación de los convenios en puntos concretos o en su totalidad, además de que ve legal priorizar el convenio de sector frente al de cada empresa. El Parlamento navarro no cuestionaba este aspecto, sino la posibilidad que contempla la ley de que en aquellos casos en los que no hubiera acuerdo por las partes interviniese una Comisión Consultiva Nacional de Convenio Colectivo para arbitrar el conflicto y adoptar una decisión. Una medida que el propio presidente del TC, el conservador y militante del PP Francisco Pérez de los Cobos, propuso en un artículo de 2010 junto a su colega Xavier Thibault, que fue nombrado Director General de Empleo cuando el PP empezó a gobernar.
La sentencia del TC aún no está redactada y se publicará en los próximos días, contando con un voto particular. Esta decisión del pleno del TC ha sido criticada por los sindicatos CCOO y UGT, que consideran que "menoscaba gravemente el derecho a la negociación colectiva".  Sobre las medidas referentes a la negociación colectiva, los sindicatos aseguran que equivalen a "retrotraernos a la época franquista de las relaciones laborales".

Contraviene convenios de la OIT

Sobre ese asunto, UGT y CCOO presentaron una queja ante la Organización Internacional del Trabajo (OIT), cuyo Comité de Libertad Sindical aceptó. El organismo de Naciones Unidas para asuntos laborales criticó el debilitamiento de los derechos libertad sindical y de negociación colectiva y echaba en cara a Rajoy que pusiera como excusa la crisis económica para sacar adelante su reforma. Sin embargo, el Ejecutivo ignoró este pronunciamiento y ahora lo avala el Constitucional.
Pero el aval que más indignación ha causado en las centrales sindicales ha sido el del contrato de apoyo a emprendedores, que permite que un empleado sea despedido al cabo de un año sin recibir ningún tipo de indemnización. Una medida que, según un juzgado catalán, contraviene la Carta Social Europea en lo referente al "derecho de todos los trabajadores a un plazo razonable de preaviso en caso de terminación del empleo". CCOO y UGT advierten de que esta modalidad fomenta "la rotación aún mayor si cabe en el mercado de trabajo, y que los trabajadores y trabajadores de este país no puedan desarrollar una vida con estabilidad" ante la incertidumbre que genera.
También critican que éste sea el tercer pronunciamiento sobre aspectos parciales de la reforma laboral, en lugar de acumular los distintos recursos de inconstitucional presentados por diferentes instancias.
Ambas organizaciones estudiarán reclamaciones a nivel internacional una vez que conozcan la sentencia. El Alto Tribunal aún tiene que decidir sobre otro recurso contra varios aspectos que presentó el Grupo Parlamentario Socialista y la Izquierda Plural.

Habeas Corpus - No te rindas

No hay comentarios:

Publicar un comentario