La reforma de la ley de propiedad intelectual entra hoy en vigor, precedida de protestas de numerosos sectores, que han llevado incluso al cierre de Google News en el Estado español. La norma contempla que todo el que reproduzca un texto publicado en la red deberá pagar un canon a la empresa editora. De no hacerlo podrá ser sancionado con multas que llegan hasta los 600.000 euros.
Los creadores de películas, libros o noticias en internet deben cobrar cuando alguien reproduzca sus contenidos. Y además no pueden renunciar a esa compensación. Sin embargo, la reforma ha recibido duras críticas porque aseguran no se ha escuchado a todos los grupos y responde a intereses económicos. Asociaciones pro internet critican que no se ha concretado ni cuanto deben pagar los usuarios por reproducir un contenido de internet ni lo que puede ser un delito.
Un estudio de analistas económicos internacionales asegura que esta tasa tendría un impacto negativo de más de 1.100 millones de euros al año para cerca de los 17 millones de internautas españoles. Y también para las universidades que tendrán que pagar un canon por reproducrir una obra del ambito científico y académico.
El 'canon AEDE': claves del presente y el futuro de la tasa de agregación de contenidos
20 Minutos
Este 1 de enero entra en vigor la mayor parte de la 'ley Lassalle' de propiedad intelectual, que incluye el denominado 'canon AEDE'. El 'canon AEDE' es una compensación a autores que tendrán que pagar los agregadores de Internet; Google News ha cerrado en España por su aprobación. Las dudas sobre su aplicación, la postura del Gobierno, sus repercusiones o su simple redacción alimentan un polémico debate.
Este jueves, 1 de enero, entra en vigor gran parte de la ley Lassalle de propiedad intelectual y con ella su artículo 32.2, que obliga a los editores y autores a cobrar —aunque no quieran— cuando los agregadores de Internet enlacen y distribuyan sus contenidos. Estos son los aspectos clave a tener en cuenta sobre el denominado canon AEDE:
¿De dónde sale el 'canon AEDE'?
La reforma del texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual llevada a cabo en 2006 marcó un antes y un después. Incluyó una regulación de los resúmenes de prensa o press clipping que no gustó ni a los editores —que defienden que los diarios son obras colectivas protegidas— ni a las empresas que realizaban esta actividad. La norma decía que dichas recopilaciones tendrían "la consideración de citas" y que si se realizaban con fines comerciales el autor que no se hubiera "opuesto expresamente" tendría derecho a percibir "una remuneración equitativa". Muchos editores cambiaron entonces las políticas de copyright de sus medios y se sucedieron los conflictos en los tribunales. Mientras tanto, comenzaron a pasar cosas en Europa. En 2006, un tribunal de Bruselas ratificó una sentencia que prohibía a Google difundir en Google News texto y fotografías de varios diarios belgas sin su consentimiento. En 2009, Google se echó atrás en su idea de incluir en Europa publicidad en su agregador tras la dura oposición de la Asociación Europea de Editores de Periódicos (ENPA), de la que forma parte la Asociación de Editores de Diarios Españoles (AEDE). En diciembre de ese mismo año, una disposición final en el anteproyecto de la Ley de Economía Sostenible disparó todas las alarmas en España: era la denominada ley Sinde, una reforma parcial de la propiedad intelectual, del Gobierno Zapatero, que capacitaba al Ministerio de Cultura para decidir sobre el cese de actividad de una web sin necesidad de una orden judicial. Un reducido grupo de periodistas y profesionales de la Red promovieron el llamado "Manifiesto en defensa de los derechos fundamentales en Internet". Los cables de Wikileaks revelaron posteriormente las presiones de Estados Unidos para aprobar una ley de este tipo, cuya tramitación resultó muy polémica, accidentada y larga. En 2010, AEDE comenzó a exigir en España a Google News que pagara por usar sus contenidos; en 2011, se sumó a las distintas denuncias abiertas ante la Comisión Europea contra la compañía por abuso de posición dominante. En 2012, a los pocos meses de que entrara en vigor el reglamento de la ley Sinde, ya con Mariano Rajoy en la Moncloa, y de que el Gobierno alemán tomara la decisión de crear una tasa Google, AEDE mostró su intención de participar en otra anunciada revisión de la LPI. En 2013, el entonces presidente de AEDE, Luis Enríquez, pidió públicamente al Ejecutivo y al Congreso que hicieran "su labor" con el anteproyecto de la nueva ley, la ley Lassalle, y limitaran la posición dominante de Google. En febrero de 2014 salió del Consejo de Ministros el proyecto de ley con una gran novedad: el artículo 32.2 que, según el Gobierno, pretendía "adaptar" el límite de cita o reseña al ámbito de los agregadores de contenidos o buscadores en Internet y trasladar a este entorno la compensación que existía ya para el press clipping. La ley se publicó en el BOE el 5 de noviembre de 2014 tras ser aprobada en Cortes.
¿Por qué se dice que fueron los editores los que promovieron la inclusión del artículo 32.2 en la ley?
Fueron los editores, pero solo una parte de ellos. Tanto el ministro de Industria, José Manuel Soria, como el director general de AEDE, José Gabriel González, han confirmado que la propuesta para incluir esta tasa en la LPI fue de los segundos. "En eso nos hicieron caso, en otras cosas no", explicó González a 20minutos. Se refería, por ejemplo, al press clipping o a aspectos relacionados con la copia privada.
¿Hay editores que no están de acuerdo con el 'canon AEDE'?
Sí. Por ejemplo, los medianos y pequeños editores reunidos en la AEEPP (Asociación Española de Editoriales de Publicaciones Periódicas). Esta plataforma está compuesta por un centenar de grupos y empresas que editan más de 900 cabeceras, incluidos medios digitales y gratuitos. Pero hay más.
¿Han mostrado públicamente su postura?
Sí, en varias ocasiones. La última ha sido una petición formal al Gobierno para que suspenda la entrada en vigor de la ley Lassalle y, por ende, del canon. La Coalición ProInternet, de la que forma parte la AEEPP y en la que se integran la Asociación de Internautas, ADigital, Google, Menéame o WeblogsSL, entre otras empresas, asociaciones y medios, se creó precisamente para dar una respuesta colectiva a la última reforma de la LPI. En febrero de 2014, nada más anunciarse la inclusión en el proyecto de ley de la compensación a autores, la plataforma CanonAEDE, participada por algunos colectivos, asociaciones y usuarios que habían suscrito el manifiesto contra la ley Sinde, difundió una declaración pidiendo la retirada de la ley Lassalle. Poco después, más de 40.000 personas firmaron una petición on line para solicitar lo mismo con el "canon por cita".
¿Qué medios pertenecen a AEDE y cuáles no?
AEDE reúne, según su web, a un total de 84 cabeceras de papel —y sus ediciones web— de editores tradicionales como Unidad Editorial, PRISA, Joly, Vocento, etc. Es decir, desde diarios nacionales como El País, El Mundo y ABC hasta diarios regionales como El Correo, El Heraldo o La Nueva España. En la AEEPP hay cabeceras gratuitas y de pago, de información general, especializada y profesional, de varias periodicidades (diaria, semanal, quincenal, mensual y anual), impresos y digitales, agencias, etc. Entre ellos, 20minutos, eldiario.es o Servimedia. Esta asociación es, además, miembro de la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE), que se opuso al artículo 32.2 porque consideraba que el carácter irrenunciable del derecho planteado en él va contra la libertad de empresa. Otros medios (digitales y de papel), creadores de contenidos o editores como Infolibre, El Confidencial, Terra, El Imparcial, La Información, Voz Pópuli, Hipertextual, TICbeat, yoroboku.es, Grupo Nexo, Europa Press, etc. tampoco están en AEDE. Algunos forman parte de plataformas como la Coalición ProInternet. Por otro lado, hay colectivos que han demandado también en los últimos años una regulación de los derechos de autor de los periodistas, como la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) que, junto al Foro de organizaciones de Periodistas (FOP) y los Colegios de Andalucía y Murcia presentaron en 2013 una plataforma para exigir este reconocimiento en la LPI. El Gobierno no incorporó este aspecto.
¿Por qué Google ha decidido cerrar su servicio Google News en España?
La empresa asegura que no está dispuesta a pagar por distribuir contenidos de otros y que la medida aprobada por el Gobierno es "insostenible" para ellos, ya que Google News no ingresa dinero por publicidad. Asimismo, consideran que el carácter irrenunciable del derecho a cobrar por parte de los titulares de derechos es el obstáculo principal para que pudieran, si se diera el caso, cambiar de postura.
¿Es cierto que AEDE pidió al Gobierno que impidiera el cierre?
Es lo que se dedujo que un comunicado de la asociación tras el anuncio del cierre, que pedía una "intervención" del Ejecutivo, de Europa y de Competencia, pero su presidente explicó a 20minutos que lo que querían era que "dado que Google tiene una cuota del mercado del 98%", el Gobierno debería estar "atento" y vigilar que el algoritmo del buscador "siga siendo neutral" y no penalice a los medios españoles.
¿Qué consecuencias puede tener este cierre?
Aún es pronto para evaluar las repercusiones en tráfico web del cierre de Google News. Desde AEDE se asegura que en unos días tendrán un balance interno de la situación. Hay que tener en cuenta que, en principio, el buscador está excluido de la ley. En cuanto a la repercusión internacional, medios como Wired, The Guardian, Business Insider, Bloomberg, GigaOm, Forbes o The New York Times se han hecho eco del cierre de Google News. Resaltan el poder de la prensa tradicional, pero cuestionan la jugada por las consecuencias publicitarias y de caída de audiencias y algunos hasta hablan de legisladores "incompetentes".
¿Tiene pensado recular el Gobierno? ¿Es posible?
No se sabe con seguridad. El ministro de Industria, José Manuel Soria, insiste en que el canon AEDE "no es irreversible". El Ministerio de Cultura, por su parte, asegura que sigue con su "hoja de ruta" y elaborando el reglamento de la ley, que estará listo en los primeros seis meses de 2015. En cualquier caso, hay que tener en cuenta que: 1) El reglamento no puede contradecir lo que dice la norma aprobada; 2) El Gobierno podría reformar de nuevo el texto refundido de la ley de propiedad intelectual, quizá con un real decreto-ley (urgencia), aunque precisamente en el caso de la ley Lassalle, esta vía se descartó; 3) El Gobierno lleva un tiempo preparando de forma paralela a esta reforma una revisión de "mayor calado" de la LPI. ¿Para cuándo? Según el ministro Wert, "para esta legislatura".
¿Cuál es la postura del Gobierno ante las quejas recibidas?
Defender su reforma y decir que "refuerza la lucha contra la vulneración de los derechos de autor en Internet". El Gobierno asegura que "el acceso a la información continúa garantizado" y que ha escuchado a las partes implicadas. Sin embargo, tanto la oposición en el Congreso y el Senado —que criticó que el PP no admitiera ninguna de sus enmiendas al texto—, como el sector cultural, los medianos y pequeños editores, plataformas como la Coalición ProInternet —que incluye, por ejemplo, a la Asociación Española de Economía Digital—, las asociaciones de Internautas y la Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE), entre otros colectivos, afirman lo contrario. El Gobierno dice, además, que son ahora los editores los que tienen que negociar con los agregadores las tarifas a aplicar y que el cierre de Google News es una cuestión "empresarial". También ha trasladado a algunos representantes de medios que el 32.2 defiende el derecho individual de los periodistas a percibir una compensación, aunque esa literalidad no se recoge en la ley, según han denunciado las asociaciones de periodistas.
¿Qué dijo la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia?
El 21 de marzo de 2013 el Consejo de Ministros aprobó el anteproyecto de la ley Lassalle. El 3 de julio, se pidió un informe a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia. No obstante, el 16 de mayo de 2014 la Comisión realizó otro "a iniciativa propia" y solo sobre el artículo 32.2, ya que este se incluyó después. La CNMC recomendó un "replanteamiento" del canon AEDE para reducir "los posibles impactos negativos de la regulación" y añadió que esta tasa creaba una "barrera" para la creación de nuevas empresas. Si esto no fuera posible, dijo que "al menos" se cambiara el carácter irrenunciable del derecho de compensación y se eliminara "la reserva de actividad" concedida a las entidades de gestión. También rechazó que los agregadores se beneficiaran de los contenidos de los editores y dijo que establecer una compensación a priori para ellos sería "ineficiente". Precisamente, la AEEPP solicitó oficialmente a la CNMC que estudiara el impacto del canon en los pequeños y medianos editores.
¿Tendrá la nueva ley repercusiones en la economía y en los usuarios?
Según un estudio de la consultora Analistas Financieros Internacionales (AFI) para la Coalición ProInternet, la aplicación del canon AEDE tendría un impacto de 1.133 millones de euros y provocaría la desaparición de los agregadores, o al menos de gran parte de ellos. Algunos ya han echado el cierre, como Niagarank. Según el estudio, sin los agregadores, aumentará el tiempo que los usuarios tendrán que dedicar a buscar y localizar la información y esto conllevará una pérdida de productividad. El incremento de un solo segundo en el tiempo de búsqueda de un usuario, explica la consultora, supondría un coste de oportunidades y una merma de su bienestar individual valorado en 65,7 euros al año. Para la AFI, además, "el canon atenta directamente contra el derecho de elección del tipo de licencia con la que un medio quiera operar". Avisa de que la gestión del canon recaería en una entidad privada que opera con monopolio, presumiblemente CEDRO, y estima que "no existe justificación" para esta modificación de la ley, ya que no han detectado fallos en el mercado que deban ser enmendados. En el otro extremo, la memoria de impacto normativo de la ley Lassalle dice que el impacto económico de la norma "resultará muy positivo" e incluso "creará empleo".
¿Cómo está este asunto en otros países europeos?
En estos momentos, Alemania tiene una de las leyes de propiedad intelectual más restrictivas de Europa. El gobierno de Merkel aprobó en 2013 una ley que obliga a buscadores a adquirir licencias de los editores de prensa germanos para difundir sus contenidos informativos y que solo permite citas breves sin necesidad de licencia. En Francia, Google esquivó el pago de una tasa llegando a un acuerdo para financiar con 60 millones de euros en tres años proyectos de desarrollo web. En Bélgica, tras la sentencia de 2011, editores y Google firmaron la paz: los periódicos volvieron a Google News y el agregador no les paga, pero ha firmado con ellos diferentes acuerdos de colaboración.
¿Qué dice la UE de todo esto?
La Comisión Europea, a través de la Dirección General de Empresa e Industria y de la Dirección General de Redes, Contenido y Tecnología, confirmó a la Coalición ProInternet que Bruselas estaba "monitorizando" el proceso de tramitación de la ley Lassalle y que su aplicación estaba "en riesgo". ¿Por qué? El Gobierno español no habría comunicado los cambios realizados en el texto desde su primera versión, entre ellos el canon AEDE, tal y como obliga la Directiva 98/34/CE. La Asociación de Usuarios de Internet, de hecho, ha denunciado la reforma "ante la Comisión Europea, en el parlamento Europeo y el Gobierno Español". Por otro lado, sin embargo, la comisaria europea de Mercado Interior, Elzbieta Bienkowska, afirmó hace unos días en una respuesta a la eurodiputada de UpyD Beatriz Becerra que la norma española se ajusta al derecho comunitario: "Si bien los Estados miembros no están obligados a introducir una compensación justa, pueden decidir hacerlo".
Dudas sobre el 32.2: conceptos
Puesta a disposición del público. Nada más comenzar el artículo ya existen problemas para su interpretación, en este caso, de índole jurídica. Existe disparidad de criterios sobre si la actividad de los agregadores supone o no una verdadera "puesta a disposición del público" de los contenidos o es solo una "reproducción" de los mismos. El Ministerio de Cultura, por su parte, habla en sus notas a veces de "enlazar" y a veces de "explotar". Una reciente sentencia del TJUE ha contribuido a las dudas, así como la jurisprudencia sobre qué es comunicación pública y qué no.
Agregadores. El artículo habla de "prestadores de servicios electrónicos de agregación de contenidos". En ningún momento se citan nombres, aunque Google siempre ha estado en el ojo del huracán y el Ministerio de Cultura se ha referido públicamente al canon como tasa Google. Pero esto afectaría a otras empresas y el problema está en que el Gobierno no ha definido qué es y qué no es un agregador. Por ejemplo, Niagarank, que ha anunciado su cierre, asegura que su actividad podría no enmarcarse en el 32.2, pero hoy por hoy no pueden saberlo.
Redes sociales. "Las redes sociales no son objeto de esta medida", ha dicho el Ministerio de Cultura en varios comunicados. No obstante, siguiendo con lo dicho en el punto anterior, la ley no dice nada de las redes sociales. Ni las incluye, ni las excluye. En el caso del sitio web Menéame, por ejemplo, no estaría claro si se trata de un agregador o de una red social, ya que los usuarios suben contenido y enlaces a contenidos de medios.
Fragmentos no significativos. No se detalla qué son. De hecho, el artículo 32.1 de la ley, el que se refiere al press clipping —y se supone que el 32.2 es una "adaptación" de esto a Internet—, habla como excepción de la "mera reproducción" de artículos periodísticos, es decir, de reproducir artículos enteros. El resto de recopilaciones periódicas —en forma de "reseñas o revista de prensa"— tienen la consideración de cita.
Publicaciones periódicas... "o sitios web de actualización periódica y que tengan una finalidad informativa, de creación de opinión pública o de entretenimiento". Estos son los sujetos enlazables por parte de los agregadores. ¿Incluye esto a los blogs? ¿A un tumblr?...
No requerirá autorización. El artículo dice que los agregadores podrán enlazar sin autorización fragmentos no significativos, pero que tendrán que pagar y que el derecho a cobrar es irrenunciable. Se puede interpretar de varias maneras. Según el abogado Borja Adsuara, exdirector de Red.es, la compensación a autores "solo se aplica en el caso" de que se utilice un contenido sin autorización, pero "no se aplica si se ha autorizado el uso". Es más, explica que "esa autorización ya existe cuando los contenidos están licenciados en CreativeCommons", como es el caso de 20minutos. Plantea el derecho de compensación como un "límite" al derecho de autorización. Pero no está tan claro, porque el artículo solo dice que los agregadores no necesitarán autorización para enlazar, no dice nada de las autorizaciones expresas. Esto es aún más confuso si leemos el artículo 32.1, el del press clipping, que dice, básicamente, que el press clipping es una cita, pero que si se realiza reproducciendo artículos enteros y con fines comerciales, el que lo permita puede cobrar una remuneración y el que no lo permita, no podrá ser citado (de ahí que muchos diarios en 2006 decidieran prohibir la reproducción de sus contenidos).
Otros titulares de derechos. La ley habla de ellos, además de los editores. El Gobierno sostiene que se refiere, entre otros, a los periodistas; las asociaciones de periodistas critican que no se les haya considerado expresamente.
Compensación equitativa. Su percepción es un derecho de los titulares, según la ley. No se sabe aún cuál será la cuantía ni en función de qué se pagará. Solo se sabe que será obligatorio cobrarla. Fuentes del Ministerio de Cultura rechazan en privado llamarla "tasa", aunque en público sí se han referido de esta forma al canon. Se supone que editores y agregadores se tendrían que poner de acuerdo para fijar precios; si esto no ocurre, se recurrirá al mecanismo de fijación de precios establecido en la ley a través de la Comisión de la Propiedad Intelectual.
Entidades de gestión. Se supone que son las que se van a encargar de que se cobre/pague la compensación. Se presume que se trata de CEDRO.
Buscadores. En principio, están excluidos y así lo ha entendido el propio Google. La ley habla de "prestadores de servicios que faciliten instrumentos de búsqueda de palabras aisladas incluidas en los contenidos referidos", aunque unas líneas más adelante cita la palabra "buscador".
Dos matices: 1) La ley dice que no necesitarán autorización ni habrá compensación mientras esos prestadores pongan "a disposición del público" contenidos "sin finalidad comercial propia" —¿Los buscadores no tienen finalidad comercial?— y de una forma "estrictamente circunscrita a lo imprescindible" previa consulta e incluyendo un enlace al contenido original. 2) El Ministerio, en sus notas públicas, sí habla de "agregadores de contenidos o buscadores en Internet". Por último, habría que recordar que el Código Penal, por ejemplo, excluye expresamente de las conductas delictivas contra la propiedad intelectual a la "actividad neutral de motor de búsqueda de contenidos".
La Nueva Ley de Propiedad intelectual y la Natural respuesta de Google News
Recientemente, Google, ha anunciado que dejará de prestar el servicio de Google News debido a la nueva ley de Propiedad Intelectual, en el siguiente vídeo explicamos con detalle las nefastas consecuencias de esta Ley, asimismo, detallamos el futuro y ponemos ejemplos análogos que España efectuó con sus leyes o indiferencias en el pasado.
No hay comentarios:
Publicar un comentario