Cinco sindicalistas de la multinacional siderúrgica ArcelorMittal podrían ir a la cárcel por su participación en un piquete durante la huelga general del 29 de marzo de 2012. El juzgado de lo penal número 1 de Gijón ha condenado a dos de ellos a cinco años y tres meses de prisión por un delito contra los derechos de los trabajadores y otro de lesiones, mientras que otros tres empleados han sido condenados a tres años y seis meses de cárcel por el primer delito...
Los cinco trabajan en la empresa y están vinculados a UGT, y ya han anunciado que recurrirán esta sentencia ante el Tribunal Superior de Justicia de Asturias.
Durante la huelga general del 29 de marzo de 2012, los cinco participaron en los piquetes organizados en la factoría que la empresa tiene en Veriña, Gijón. El juez asegura que al tener conocimiento de que un trabajador se encontraba realizando sus funciones en su despacho, diez personas acudieron para intentar disuadirle. Según la sentencia, estas diez personas, "de común acuerdo y con la intención de obligarle a que dicho empleado abandonara su puesto de trabajo y secundara la huelga irrumpieron en el despacho en actitud violenta, comenzando a increparle por haberse incorporado al trabajo, hostigándole reiteradamente para que se marchara de la oficina".
Según la sentencia, uno de los acusados se abalanzó para agredir al trabajador, algo que impidieron los presentes. Sin embargo, el juez considera a dos de los cinco condenados responsables de un delito de lesiones porque profirieron amenazas y lanzaron petardos al marcharse, un hecho que obligó al trabajador a salir de su despacho "en estado de aturdimiento, sufriendo pérdida momentánea durante unos minutos de audición y un cuadro de gran ansiedad". La sentencia señala que el trabajador ha sufrido desde entonces "un trastorno depresivo reactivo grave" que ha requerido de tratamiento médico.
El incidente duró entre cuatro y cinco minutos y el trabajador afectado solo reconoció a cinco de las diez personas que, asegura, subieron a su despacho. Los acusados negaron los hechos y la defensa aportó varios testigos que dieron otra versión de lo ocurrido, pero el juez considera sus manifestaciones "en abierta contradicción con la realidad de los hechos declarados probados".
La clave para que el magistrado les aplique a todos el delito contra los derechos de los trabajadores, por el que se les impone la pena más alta, es la expresión "de común acuerdo y con la intención de obligarle a que dicho empleado abandonara su puesto de trabajo" que usa la sentencia. El polémico artículo 315 del Código Penal contempla penas para los que "actuando en grupo o invidividualmente pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga". Es, por tanto, necesaria una acción concertada que el juez considera aquí probada.
Los dos trabajadores que acarrean con la pena de cárcel más elevada tendrán también que pagar una multa de 4.500 euros, indemnizar al empleado afectado con 70.600 euros por las lesiones y secuelas, y estarán inhabilitados para ejercer el sufragio pasivo durante el tiempo de la condena. Los otros tres condenados también deberán desembolsar una multa que asciende a 4.500 euros cada uno. Los servicios jurídicos de UGT están estudiando la sentencia y el sindicato hará este jueves declaraciones oficiales.
CCOO y UGT mantienen desde hace meses reuniones con el ministerio de Justicia, los grupos parlamentarios, el CGPJ y la Fiscalía para detener lo que consideran una campaña contra el derecho de huelga y pedir la derogación del artículo 315, cuyo origen es anterior a la Constitución. Los sindicatos señalan que el Código Penal ya incluye penas para cualquier conducta delictiva que pueda producirse y que contemplar en un artículo específico las coacciones a la huelga busca desincentivar y criminalizar la protesta. Al menos 300 personasestán encausadas actualmente por haber participado en piquetes y protestas durante huelgas.
http://www.eldiario.es/economia/juzgado-prision-sindicalistas-ArcelorMittal-piquete_0_335967233.html
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