lunes, 9 de noviembre de 2015

Publican el texto completo del TTP

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El texto completo, al que se puede acceder a continuación en sus diversos capítulos, fue publicado en el sitio web de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales de Chile (en inglés). El texto se someterá  a revisión legal y será traducido a idiomas francés y español antes de la firma.


Las conversaciones habían comenzado en 2008 y finalizaron en una maratoniana sesión de más de cinco días en Atlanta, en la que participaron Australia, Brunei, Canadá, Estados Unidos, Japón, Malasia, México, Nueva Zelanda, Perú, Singapur, Vietnam y Chile.


Capítulos del acuerdo
1. Disposiciones iniciales
2. Comercio de bienes (acceso a mercado y agricultura)
3. Reglas de origen y procedimientos relativos al origen
4. Textiles
5. Administración Aduanera y Facilitación de Comercio
6. Defensa comercial
7. Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF)
8. Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC)
9. Inversiones
10. Comercio Transfronterizo de Servicios
11. Servicios Financieros
12. Entrada Temporal de Personas de Negocios
13. Telecomunicaciones
14. Comercio Electrónico
15. Contratación Pública
16. Competencia
17. Empresas del Estado y monopolios designados
18. Propiedad Intelectual
19. Asuntos Laborales
20. Medio Ambiente
21. Cooperación
22. Competitividad
23. Desarrollo
24. Pequeñas y Medianas Empresas
25. Coherencia regulatoria
26. Transparencia y Anticorrupción
27. Administración y Disposiciones Institucionales
28. Solución de Diferencias
29. Excepciones
30. Disposiciones Finales




El organismo expone, capítulo por capítulo, los principios y aspiraciones que constituyen el fundamento del tratado según el área:

1. Disposiciones iniciales: Establece un área de libre comercio y regula la relación entre el TPP y otros tratados internacionales. Además, define los conceptos más utilizados en el Acuerdo.

2. Comercio de bienes (acceso a mercado y agricultura): Contempla las condiciones que permitirán a los Estados Partes acceder al mercado de los otros.

3. Reglas de origen y procedimientos relativos al origen: Establece los criterios necesarios para determinar la procedencia nacional de un producto. El TPP se ha propuesto establecer un sistema de acumulación de origen entre los 12 países

4. Textiles: Fija los requisitos que se deben cumplir los productos textiles para acceder a un tratamiento arancelario preferencial.

5. Administración Aduanera y Facilitación de Comercio: Establece normas destinadas a facilitar el comercio mediante la simplificación de los procedimientos aduaneros y aumento de los niveles de transparencia.

6. Defensa comercial: Contempla las disposiciones tradicionales de la OMC, tales como salvaguardias, derechos compensatorios y antidumping. Se agregan además un conjunto de disposiciones que aumentarán la transparencia en los procedimientos.

7. Medidas Sanitarias y Fitosanitarias (MSF): Asegura los compromisos ya contenidos en el Acuerdo sobre la Aplicación de Medidas Sanitarias y Fitosanitarias de la OMC. Adicionalmente, busca establecer una institucionalidad para trabajar los temas vinculados a las MSF a través de un Comité.

8. Obstáculos Técnicos al Comercio (OTC): Facilita el comercio a través la eliminación de barreras técnicas injustificadas, junto con fortalecer la transparencia, la cooperación y las buenas prácticas regulatorias entre los países TPP. Profundiza y desarrolla las normas de la OMC y recoge el trabajo realizado en el foro APEC.

9. Inversiones: Garantizar un determinado nivel de protección al inversionista de una Parte que invierte en el territorio de otra Parte. Reconoce y resguarda el derecho de los Estados a regular con fines legítimos de interés público, las áreas de la salud y medioambiente. Reafirma la importancia de la Responsabilidad Social Empresarial. Otorga al inversionista el derecho recurrir contra el Estado receptor por medidas que vulneren las garantías contenidas en el capítulo.

10. Comercio Transfronterizo de Servicios: Establece la apertura de mercados a proveedores de servicios extranjeros, junto con otorgar de un trato no discriminatorio.

11. Servicios Financieros: Regula la prestación transfronteriza de servicios financieros y así como las inversiones de las Partes del TPP. Contempla el principio de no discriminación  para asegurar el acceso a los sistemas de pago y compensación por prestadores de todas las Partes del TPP.

12. Entrada Temporal de Personas de Negocios: Asegura procedimientos transparentes, expeditos y no excesivamente gravosos. Una persona de negocios chilena, tendrá certeza de las condiciones y plazos que regirán su ingreso a otro país TPP, y la tranquilidad de que esas reglas no podrán ser más restrictivas a futuro.

13. Telecomunicaciones: Garantiza el acceso a los servicios públicos de telecomunicaciones en los países TPP. Asimismo, asegura a las empresas de telecomunicaciones de un país TPP poder prestar servicios de telecomunicaciones en los demás países TPP en condiciones de libre competencia.

14. Comercio Electrónico: Regula las transacciones electrónicas de bienes, servicios y productos digitales, para garantizar su seguridad y eficiencia. Establece la obligación de no aplicar aranceles aduaneros al contenido transmitido electrónicamente y se prohíbe discriminar.

15. Contratación Pública: Contempla los principios de trato nacional y no discriminación en los procesos de contratación pública. Lista además las exclusiones generales, en virtud de la protección de la vida, salud, seguridad y propiedad intelectual.

16. Competencia: Busca prevenir prácticas comerciales anticompetitivas (integración en desmedro de la competencia o de los consumidores; abuso posición dominante o carteles) que disminuyan o anulen los beneficios del acuerdo.

17. Empresas del Estado y monopolios designados: Garantiza que las empresas del Estado, que participan en actividades comerciales en competencia con otras empresas – privadas o públicas, nacionales o extranjeras –  no reciban ventajas no disponibles para el resto,  que afecten negativamente el comercio o las inversiones entre los países miembros de TTP. No existe impedimento para mantener o crear nuevas empresas públicas.

18. Propiedad Intelectual: Establece los niveles mínimos de protección que cada país ha de otorgar a la propiedad intelectual en la región TPP. Aborda áreas tales como: marcas, indicaciones geográficas, patentes, productos farmacéuticos, derechos de autor y derechos conexos, responsabilidad de prestadores de servicios de Internet, y protección de señales satelitales y de cable portadoras de programas codificados.

19. Asuntos Laborales: Reconoce que los estándares laborales no pueden ser usados con fines de protección al comercio. Entre las disposiciones más relevantes: desalentar la importación de bienes producidos con trabajo forzado, incluyendo el infantil; responsabilidad social empresarial; normas de debido proceso transparencia y publicidad. Contempla además mecanismos de cooperación y consultas, previo al de Solución de Controversias.

20. Medio Ambiente: Promueve el apoyo mutuo entre las políticas ambientales y comerciales. Las Partes se comprometen a cumplir sus normas ambientales nacionales, reconocen el derecho de cada una de establecer sus propios niveles de protección ambiental y prioridades de desarrollo ambiental, junto con adoptar o modificar su legislación.

21. Cooperación: Establece y fortalece las actividades de cooperación entre las Partes con vistas a implementar las disposiciones del Acuerdo, mejorar las capacidades de los miembros para obtener provecho de las oportunidades que generaría TPP. Se establecen áreas específicas de cooperación: agricultura, industria, servicios, educación, cultura, género, gestión de riesgos de desastres, innovación y tecnología.

22. Competitividad: Encaminado a mejorar el ambiente de negocios, entre los países TPP, en particular en las cadenas de suministros de manera a que los costos de transacción disminuyan. Los compromisos buscan mejorar la competitividad, tanto domestica como regional. Promueve la integración y el trabajo regional.

23. Desarrollo: Reafirma la intención de promover los negocios en vista a alcanzar el desarrollo a través de la creación de empleos y el crecimiento económico. Incluye normas referentes a género, donde se reconoce que mejorar las oportunidades para las mujeres en la participación de la economía nacional y global contribuye al desarrollo económico.

24. Pequeñas y Medianas Empresas: Busca que las PYMEs de los países TPP tengan fácil acceso a información, bajos costos, y procesos transparentes, para aprovechar las oportunidades que ofrece el Acuerdo.

25. Coherencia regulatoria: Establece compromisos para perfeccionar el proceso regulatorio de los países del TPP, para que éste sea más transparente, abierto a la opinión pública y a la sociedad civil. Asimismo, busca que las regulaciones estén basadas en evidencia y evaluaciones de impacto ex-ante y ex-post, con el fin de obtener regulaciones más efectivas, eficientes y no distorsionen los flujos del comercio internacional.

26. Transparencia y Anticorrupción: Asegura que las leyes, regulaciones, procedimientos y resoluciones administrativas sean publicadas. El capítulo contempla además disposiciones tendientes a transparentar la adopción de medidas y el inicio de procedimientos administrativos y judiciales. En materia de Anticorrupción, las Partes confirman su resolución de eliminar el cohecho y la corrupción en el comercio internacional y las inversiones.

27. Administración y Disposiciones Institucionales: Establece la institucionalidad del TPP. Entre sus disposiciones más relevantes encontramos: el establecimiento de la Comisión de Libre Comercio; normas sobre adopción de decisiones; reglas de procedimiento; puntos de contacto.

28. Solución de Diferencias: Garantiza que ninguna de las Partes pueda abusar o dejar de cumplir las normas del Tratado en detrimento de otra Parte. Establece un mecanismo aplicable a la prevención o solución de controversias entre las Partes relativas a la interpretación, implementación o aplicación del Tratado.

29. Excepciones: El TPP deja espacio para excepciones a sus normas, bajo ciertas condiciones. En efecto, en el Capítulo sobre excepciones generales se enuncian los casos en que un Estado Parte puede justificar una medida incompatible con el Tratado, cumpliéndose los requisitos previstos y siempre que la medida no sea utilizada como medio de eludir los compromisos u obstaculizar el comercio.

30. Disposiciones Finales: Establece normas relativas a la extensión de las obligaciones, entrada en vigor, adhesión, modificación, denuncia, entre otras.


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